lunes, 16 de noviembre de 2015

REDUCCIÓN DE JORNADA

DE: EJECUTIVA ASC

A: DIRECTOR GERENTE

ASUNTO: REDUCCIÓN DE JORNADA


Sevilla a 16 de noviembre 2015


         Hemos detectado que en los turnos asignados en turno de  mañana se ha creado un apartado en el que se incluyen a 33 trabajadores reductores de jornada.
         La normativa sobre reducción de jornada específica claramente que las reducciones de jornada serán diarias y en cualquier caso, dado que se acordó que los reductores podían elegir entre reducción diaria o anual, teniendo en cuenta que no se están facilitando los días a los compañeros y compañeras que han solicitado dicha reducción, no podemos entender que esta metodología de aplicación cercene el derecho del resto de conductores a acceder a un turno de mañana por antigüedad.
         Ante esta situación y teniendo en cuenta la sentencia, favorable a los trabajadores, en primera y segunda instancia, relacionado con la aplicación de los DAD y DPD, solicitamos que, a los trabajadores con reducción de jornada a los que se les permita acumular jornada en computo, se les concedan las peticiones que realicen sobre acceso a los descansos adicionales que soliciten.
         Por otra parte y dado que la regulación de este tipo de derechos se realiza al margen de los servicios ordinarios, solicitamos que los turnos de mañana asignados a estos compañeros se saquen del global de turnos de mañana, teniendo en cuenta que esos servicios se suponen que son especiales y que el derechos de estos compañeros no pueden cercenar en ningún momento al del resto de la plantilla.
Al mismo tiempo solicitamos que la aplicación de los permisos adicionales a estos compañeros se realice en un cupo al margen del resto de la plantilla, sustentado en el mismo argumento de derechos diferenciados y compatibles.

Por lo expuesto y a la espera de su respuesta, reciba un cordial saludo.