A: DIRECTOR GERENTE
DE: SECRETARIO GENERAL DE ASC
ASUNTO: PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE
USUARIOS
Sevilla a
9 de febrero de 2017
Estamos teniendo conocimiento que
se están abriendo expedientes a conductores por una mera reclamación verbal de
los usuarios.
Entendemos, sin poner en duda a
nadie, que ese procedimiento vulnera un principio fundamente que tenemos todos
los ciudadanos de este país; La presunción de inocencia, dado que no compete al
denunciado demostrar su inocencia y si al denunciante demostrar los hechos.
Creemos que, antes de molestar a
los conductores, habría que informar a los usuarios de los procedimientos y no
dar presunción de veracidad a quien legalmente no la tiene, es decir, tendrían
que aportar pruebas fehacientes sobre los hechos denunciados antes de que la
empresa inicie el expediente informativo
Al mismo tiempo y casos de
denuncias de usuarios respecto a un presunto incumplimiento de la normativa
legal vigente, en cualquier tipo de materia, entendemos que el reclamante tiene
la obligación, no solo de ponerlo en conocimiento de la empresa, sino que
además de hacerlo a los organismos legales competentes en cada materia y la
empresa, solo tras la resolución de estos, debería accionar si procediese, al
igual que ocurre en última instancia con la resolución actual de los
expedientes, donde vinculan la acción a lo que determinen los órganos de lo
social.
Por todo ello, quedamos a la espera de vuestra respuesta de modificación, que esperamos en positivo y recibe un cordial saludo.