En la reunión de la Comisión Mixta Permanente
celebrada el pasado viernes día 20 se cerraron varios acuerdos sobre asuntos
que, de una manera u otra, nos afectan a todos.
Hemos de destacar varios acuerdos que
por su relevancia, vamos a exponer a continuación y que deja de manifiesto que
con una dosis de paciencia y prudencia adecuada se puede seguir creciendo sin
poner en riesgo a nada ni a nadie.
Como primer punto a destacar queremos exponer la
conversión definitiva en empleo estable con contratos indefinidos y a partir
del 1 de Enero del 2014 de la actual bolsa de empleo a través de diferentes
modelos contractuales que tendrán como colofón la conversión de todos los
contratos temporales actuales, en cualquiera de sus modalidades, en contratos
indefinidos con fecha máxima 31 de diciembre de 2014 y eliminado los
porcentajes, es decir, todos al 100% independientemente de la modalidad.
Este acuerdo garantiza, por un lado, que ninguno de
los trabajadores volverá a engrosar las
listas del paro, y por otro que los temporales tienen garantizado el trabajo
continuo hasta que pasen a indefinidos.
Entendemos que este punto pone fin de manera
satisfactoria a las solicitudes que reiteradamente y a costa de ser criticados
por ellos, hemos venido ejerciendo en los diferentes foros de negociación,
exigencias cimentadas y avaladas por sólidos argumentos que la dirección,
parece ser, que en un principio no alcanzaba a entender.
Como segundo punto y dado que los esfuerzos económicos
realizados por la plantilla están mejorando los números de una manera más
rápida de lo planificado, hemos acordado con la empresa que se adelante la
recuperación inicialmente planificada, teniendo en cuenta que los parámetros a
los que estaba sujeta la misma, se han mejorados y por lo tanto conseguidos los
objetivos marcados.
Este acuerdo lleva aparejado una modificación de las
recuperaciones e incrementos que teníamos previstos para 2014, que nos ha
llevado a adecuar los conceptos a recuperar para el año 2015, es decir, a
modificar el literal que permita la aceleración de dicha recuperación,
repetimos, como fruto del adelanto en el cumplimiento de los objetivos ligados
a dichos esfuerzos.
Este acuerdo supone que, si bien el gobierno del país
se empeña en que suframos una nueva congelación salarial, la misma puede ser
paliada y eliminada gracias al cumplimiento de la previsión establecida en el
convenio como recuperación, aunque no es una subida salarial, al menos frena
las consecuencias directas en los bolsillos de los trabajadores, de una
previsible congelación. El acuerdo recogerá una adecuación de la masa salarial,
dentro de los parámetros inicialmente acordados, cuando no exista impedimento
legal para ello.
Como tercer acuerdo hemos de destacar la modificación
del Artículo 89 del convenio referente a los complementos en situaciones de IPT
(Invalidez Permanente Total), ampliándose el mismo a todas las situaciones de
IPT, independientemente del origen de las mismas, es decir, incluyendo el
accidente de trabajo y el accidente no laboral.
Este
articulo se racionaliza y se aclara en varios conceptos como la antigüedad
mínima de acceso, garantizando que toda la plantilla actual, incluidos los compañeros
de la bolsa, tendrán acceso a este derecho en caso de caer en una IP. También
hemos acordado el establecimiento de unos sistemas de excedencia en el cobro en
circunstancias de alta en la seguridad social por periodos inferiores a 8 años.
Se han establecido también los parámetros a medir para tomar la referencia de
cantidad del complemento y se mantienen, para los que actualmente están en ese
régimen, las condiciones que actualmente tienen, con la posibilidad de que
voluntariamente se acojan a esta nueva reglamentación.
Se han alcanzado también acuerdos que ponen fin a la
indefinición del servicio médico, a los excesos en el control por parte de la
empresa de las bajas, a la parálisis en los reconocimientos médicos y la
aplicación del artículo 25 del Convenio Colectivo a los compañeros de talleres.
En referencia al tema de los reconocimientos médicos hemos de decir que el
acuerdo alcanzado, en el SERCLA y refrendado en la CMP, ha sido fruto de la presión judicial ejercida
por la actual mayoría, teniendo en cuenta que la empresa no estaba dispuesta a
ello en los foros de negociación como demuestran las actas de la misma.
Hemos de incidir en la importancia de la presión
judicial en asuntos de incumplimientos de convenio, como primera mediad a
ejercer, si los contactos negociadores no consiguen proyectar la presión suficiente para que se cumpla lo
acordado, presión que, a tenor de los hechos, parece que solo hacemos la actual
mayoría a pesar de que el convenio está firmado por cuatro secciones sindicales.
La buena marcha de la empresa gracias al esfuerzo de
todos, no puede esconder que continúan existiendo multitud de problemas que
exigen nuestra atención y trabajo para
resolverlos. La consolidación de una mayoría sindical estable y cohesionada, a
pesar de las desconfianzas de algunos, ha sido la causa de que se hayan podido
alcanzar acuerdos para resolver problemas que, dado el momento económico y
legislativo actual, tenían muchas dificultades para que pudiera ser así.
Hemos de significar que, a pesar de los intentos
partidistas o partidarios que algunos están empeñados en transmitir, física o
virtualmente, negociar y llegar a acuerdos solo es posible habiendo sido
elegidos legalmente representantes de los trabajadores y ejerciendo esa
representatividad de manera aséptica y responsable, lo que deja en evidencia a
aquellos que sin tenerla se erigen como conseguidores de éxitos en los que no
han participado y a los que a pesar de tenerla la ejercen como rémoras parasitarias
del trabajo de los que Sí asumimos
dicha responsabilidad.
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