DE:
SECRETARIO JURIDICA ASC
A:
DIRECTOR GERENTE
Sevilla a 12 de agosto de 2013.
El resultado de la negociación de
este último convenio dio como resultado transitorio el establecimiento de
contratos a tiempo parcial. La aplicación de estas parcialidades no se realizo
en términos diarios, por conveniencia de la empresa, estableciéndose periodos
de inactividad que permitiesen conjugar los intereses de las partes.
Hasta ese momento el tratamiento a
parcialidades se realizaba atendiendo a la jornada diaria del trabajador y no
discriminando por su tipo de contrato, es decir, los conceptos no vinculados
directamente a la jornada se abonaban de manera íntegra.
Actualmente existen conceptos que la
empresa esta abonando de manera parcial a pesar de que el trabajo se realiza de
manera íntegra al igual que cualquier otro trabajador a jornada completa y en
las mismas condiciones, como pueden ser, festivos, domingos, turno partido,
FF.PP. También en conceptos como la ayuda escolar, minusvalías, bonobuses, etc.,
todo esto no solo a los compañeros de la bolsa, sino también a jubilados
parcialmente y a los trabajadores acogidos a la reducción de jornada, a estos
últimos además la empresa se ha inventando una aplicación a computo de dicha
reducción vulnerando claramente la norma.
Ante esta circunstancia entendiendo
que no cumple con el espíritu de lo firmado, le solicitamos que se reconduzca
esta situación y se abone atendiendo al espíritu de dicha negociación,
estableciéndose, a través de los órganos competentes, un documento donde de
especifique claramente la aplicación de la norma dado que entendemos que esta
aplicación supone una aportación adicional por parte de estos compañeros que,
entre otras cosas, se pueden sentir agraviados y discriminados con esta
aplicación.
Sin más y esperando que atienda lo
solicitado, reciba un cordial saludo.
Isidro A. Fdez.