miércoles, 13 de noviembre de 2013

SENTENCIA SOBRE LAS PAGAS EXTRAS

Se ha levantado bastante revuelo con el tema de la última sentencia dictada a favor de un funcionario del Juzgado de La Rinconada al que se le considera acreedor de la paga extra que “sustrajeron” a todos los funcionarios y empleados públicos en año pasado.
Conocemos el proceso de primera mano dada la cercanía de parte de nuestro gabinete jurídico con el del equipo del CSIF que ha planteado la demanda indicada.
Se han levantado bastantes expectativas en relación a su extensión al resto de empleados públicos o empresas públicas, aunque no es compatible, jurídicamente hablando, y solo se puede hacer extensiva a aquellos funcionarios de justicia que soliciten la aplicación, a título individual, de la misma.
Podríamos decir que el Contencioso Administrativo es básicamente el organismo que, relacionado con los funcionarios, hace las funciones que el juzgado de lo Social realiza para el resto de trabajadores.
La sentencia se basa en un error de procedimiento. Los funcionarios tienen una situación laboral sustentada y legislada, en muchos de los casos,  a través de leyes orgánicas, como en el caso de las pagas extras, por lo tanto es necesario que otra ley del mismo rango o superior derogue a otra anterior.  En este orden de cosas, la administración, tardo más de lo debido en sacar la ley tras el decreto, la saco en diciembre del año pasado. Esto viene a significar que en ese momento dichos funcionarios ya tenían devengada la totalidad de la misma por lo que es imposible aplicar retroactividad.

Como veis son argumentos similares a los esgrimidos en la demanda presentada por ASC y aunque no afecte directamente dicha sentencia, si reafirma el fondo del planteamiento y por lo tanto el acertado encauzamiento jurídico de la misma.

PD: Indicar que la devolución del "robo" asciende a mas  de 7 millones de euros.