Os mandamos las
principales novedades del IRPF, para que podáis estar informados afiliados en
vuestras campañas de RENTA.
La gran mayoría de trabajadores de Tussam estámos
en el tramo de base imponible 20.200-35.200 ( ojo, la base imponible son todos
los rendimientos que se reciben – de TUSSAM y otros ingresos que tenga-
con las minoraciones que establezca la ley) , por lo que en “teoría” nos debe
bajar un 1% la tributación.
IRPF
- Se establecen cinco tramos de renta: de 0 euros a
12.450 euros se aplicará un gravamen del 20%; de 12.450 euros a 20.200 un 25%;
de 20.200 a 35.200 euros el tipo será del 31%; y de 35.200 a 60.000 euros será
del 39%; y las ingresos que se encuentren por encima de los 60.000 euros
tributarán a un tipo del 47% para 2015. En 2016 vuelven a bajar todos los
tramos: 19%, 24%, 30%, 37% y 45% respecto a la cantidades comentadas
anteriormente.
Es preciso explicar que el IRPF es un impuesto
progresivo y escalonado, que se establece por tramos de renta, incrementándose
a medida que se elevan dichos tramos. Es decir, el asalariado que ingrese
60.001 euros no tendrá que gravar el total de su renta bajo el tipo del 47%. Sino
que pagará un 20% por los primeros 12.450 euros y así sucesivamente hasta que
por el último euro tendrá que tributar un 47%, es decir, Hacienda se quedará
con 47 céntimos de cada euro que ingrese por encima de 60.000.
- Los ingresos inferiores a 12.000 euros no estarán
sujetos a retención.
- Se aumenta a 5.700 euros la reducción por
rendimientos netos del trabajo para rentas inferiores a 11.250 euros, se fija
una tabla de transición para rendimientos netos entre 11.250 y 14.250 euros, y
se reduce a 2.000 euros para rentas superiores a 14.250 euros.
- El mínimo personal se incrementará de 5.150 a 5.550
euros.
- Los mínimos familiares aumentarán hasta un 32%.
- Las familias numerosas o con hijos o ascendientes
con discapacidad recibirán 1.200 euros, acumulables hasta 4.800 euros si suman
varias de estas situaciones.
- La indemnización exenta por despido se amplía a
180.000 euros y se permite la reducción del 30% incluso si la indemnización se
percibe de forma fraccionada.
- La reducción por rentas irregulares (recibidas en un
año, pero consecuencia de varios ejercicios) bajará del 40% al 30%.
- Se amplía al 60% la reducción por alquiler de
vivienda para el arrendador.
- La deducción para inquilinos por alquiler de
vivienda habitual desaparecerá, salvo para los contratos anteriores a 2015.
- Se suaviza la penalización tributaria en las
plusvalías por venta de vivienda, al atenuar el efecto del coeficiente de
abatimiento (beneficios para plusvalías patrimoniales de un bien adquirido
antes de 1995), de forma que las viviendas compradas antes de 1995 que se
vendan por menos de 400.000 euros evitarán la subida impositiva.
- La tributación por los rendimientos del ahorro
bajará a una horquilla del 20% al 24% en 2015 y del 19% al 23% en 2016.
- La aportación máxima desgravable a planes de
pensiones será de 8.000 euros.
- Las plusvalías generadas por mayores de 65 años
estarán exentas si se transforman en renta vitalicia.
- Se reduce de 10 a 5 años el plazo mínimo de un plan
individual de ahorro sistemático (PIAS).
- Se podrán rescatar cantidades correspondientes a
planes de pensiones transcurridos 10 años.
- Estarán exentos los rendimientos obtenidos por
cuentas bancarias o seguros de vida mantenidos durante un mínimo de 5 años y
siempre que no se aporten más de 5.000 euros anuales.
- La ganancia patrimonial generada por una dación en
pago estará exenta, en tanto que las pérdidas derivadas de la inversión en
participaciones preferentes servirán para compensar las ganancias patrimoniales
que se obtengan con las acciones fruto del canje.
- La exención de los dividendos hasta 1.500 euros se
suprimirá.
- Se eliminará la distinción por las plusvalías
cosechadas en menos de un año, que tributaban al tipo marginal del
contribuyente y pasarán a hacerlo a los tipos del ahorro.
- La retención a autónomos profesionales con rentas
inferiores a 15.000 euros bajará del 21% al 15%.
- En 2015 se reducirá, en general, del 21% al 19% el
porcentaje de retención e ingreso a cuenta aplicable a profesionales y
autónomos, y se rebajará en 2016 hasta el 18% de retención e ingreso a cuenta
para estos rendimientos.
- El sistema de módulos se limitará a 150.000 euros de
ingresos y 150.000 euros de gasto, y quedaran excluidos los autónomos que
facturen menos del 50% a personas físicas.
- El régimen de módulos para las actividades agrícolas
eleva a 250.000 euros, frente a los 200.000 previstos, el volumen de
rendimientos íntegros obtenidos en el ejercicio anterior para poder aplicar
este régimen de estimación objetiva en la determinación de su rendimiento neto.
- Para impulsar el mecenazgo se incrementará con
carácter general la deducción por donativos en hasta diez puntos.
- Para ampliar la participación social en el mecenazgo
se establece una deducción del 75% para los donativos inferiores a 150 euros.