ENLACE AL ESCRITO PRESENTADO EL 18/06/2019 A LAS 13:30 H.
DE: EJECUTIVA ASC
DE: EJECUTIVA ASC
A: DIRECTOR GERENTE
ASUNTO: CAMBIOS DE CRITERIOS
Sevilla
18 de junio 2019
Habida cuenta
que desde primeros de año hemos observado un cambio de criterio en varios asuntos
relacionados con las licencias que hasta ahora se venían otorgando al
trabajador con la justificación correspondiente y existir falta de consenso
entre los diferentes departamentos consultados sobre el derecho o no al permiso
retribuido y sobre la formación obligatoria, le solicitamos que nos aclare los
siguientes puntos:
1. Aclaración
al término “menor” en el cuadro de operaciones del Convenio Colectivo vigente.
2. Hospitalización.
3. Cambio
de criterio sobre la estancia de un familiar de hasta segundo grado de parentesco
por tiempo superior a 24 horas en urgencias
u observación.
4. Definición
de médico especialista.
5. Medios
y facilidades que se les ofrece al trabajador para asistir a servicios de
fisioterapia (Art. 101.4)
6. Aclaración
del incumplimiento del Articulo 6.- Formación, apartados 1 y 3, respecto al CAP
de los trabajadores con categoría Conductor-Perceptor tras haberles caducado.
Sin más, y en
espera de que nos remita la aclaración de lo solicitado, reciba un cordial
saludo.