Las canalladas se van pagando una a una con el tiempo, las de la empresa no son inmunes a esta máxima del karma.
Para no entrar en disquisiciones sindicales, pero tampoco
pasar por alto las mismas, diremos que esto que vamos a exponer dimana de
hechos ocurridos allá por 2019/2020, es decir, tomad perspectiva y analizad quienes
formaban parte de las mayorías en esa fecha, aunque os ayudaremos publicando
las actas.
Bien, pues resulta que la empresa, por aquellos entonces,
usaba la contratacion por interinidad de manera fraudulenta, contratando y cesando bajo unos criterios
unilaterales e inventados por la empresa, todo para sortear la ley y no tener que hacerlos indefinidos.
El resultado según extracto de la sentencia es este; “lo denunciado es fraude
masivo en la contratación temporal y el carácter indefinido de la relación
tiene por único fundamento la consideración común a todos los trabajadores de
que sus idénticos contratos son fraudulentos por igual razón, por lo que
sus ceses habrían de considerarse despidos improcedentes provocando la
superación de los umbrales previstos en el artículo 51.1 ET”.
De todo ello y a nivel económico, al ser fallado como despido NULO, tenemos una repercusión
aproximada en el erario público (además de el causado a los propios
trabajadores) de las siguientes cantidades: 25.340€ de salarios + cotizaciones
+ 600€ + IVA de costas + los intereses de demora. es decir, mas de 30.000€ de todos los sevillanos.
Más allá de esto, algo de por sí bastante grave, tenemos
que reseñar que vimos cómo en CMP se intentó de amañar y enmascarar esta situación
hasta en dos ocasiones, vistiéndola de “estabilización del empleo”.
La primera en la que, como
podéis ver si pincháis en estas líneas, no estábamos de acuerdo y advertíamos
en el anexo de la posible ilegalidad y que fue aprobada con la que participaron
de la empresa y el resto de sindicatos.
La segunda, aquí
tenéis el acta, en la que se hacía lo lógico o legal y sobre la que
evidentemente y por coherencia no podíamos más que estar de acuerdo al ser el
paso jurídico que se tenía que haber dado y que se pretendió enmascarar, pero
que claramente ya venía tarde y mal.
Esta maniobra barriobajera de la empresa, pretendiendo sortear
la situación con ingeniería jurídica aplicada sobre algo inviable, como se ha
visto en la sentencia, ya nos fue advertida previamente por nuestro gabinete jurídico
entendiendo dicha ingeniería como estéril, al producirse después de cometer la ilegalidad.
Sobre la actuación sindical de aquellas mayorías, no vamos a
comentar nada, pero terminamos con una reflexión dividida en varias preguntas:
¿Quién paga la cuenta de estos chanchullos?
¿No hay responsabilidad técnica, económica y política por
este asunto?
¿Porque ha habido colaboración sindical en este asunto?
¿Por desconocimiento?
¿Podría ser intencionalidad?
Y por último: ¿Cómo se explica, la empresa o sus
representantes, esto a una persona trabajadora que ha perdido más de 25.000€?
ASC sigue
trabajado por tus intereses