A: DIRECTOR GERENTE
ASUNTO: Solicitud de
aclaración e investigación sobre la falta de comunicación a los delegados de
prevención, a través del protocolo SAETIP, de ocho de los doce incidentes de
seguridad vial, agresión e insultos denunciados por TUSSAM ante la Policía
Nacional (Atestado nº 6248/26) correspondientes al mes de agosto de 2026, y
sobre las discrepancias detectadas entre dicha denuncia y la correspondencia
interna SAETIP.
Sevilla, a 4
de septiembre de 2026
D. Isidro A. Fdez. Reina,
en calidad de Secretario General Provincial de la Agrupación Sindical de
Conductores (ASC), organización sindical con representación en el seno de esta
empresa, y actuando en defensa de los intereses y derechos de información de
los delegados de prevención y de los trabajadores afiliados, ante esa Gerencia
comparece y, como mejor proceda en Derecho,
EXPONE
1. Que, con fecha 04/09/2026, TUSSAM formalizó ante la
Policía Nacional (Comisaría Sevilla-Sur) una denuncia relativa a la relación
mensual de incidencias del mes de agosto de 2026 en las líneas de autobuses de
esta empresa, relacionadas con la seguridad vial (Atestado nº 6248/26), en la
que se relacionan un total de doce (12) incidentes: cinco pedradas o
lanzamientos de objetos contra autobuses en servicio (expedientes internos
262275, 262315, 262332, 262397 y 262406, dos de ellos con daños materiales) y siete
episodios de insultos y/o agresión al personal de conducción (expedientes
262266, 262267, 262290, 262313, 262314, 262355 y 262368, uno de ellos con daños
materiales al vehículo).
2. Que esta Sección Sindical ha procedido a cotejar
dichos doce incidentes con la correspondencia interna generada por el protocolo
SAETIP, constatando que únicamente cuatro de los doce incidentes (Exp.
262397, 262406, 262290 y 262314) generaron el correspondiente aviso SAETIP con
conocimiento de Prevención y de la representación sindical, mientras que los ocho
restantes —incluido el único incidente con daños materiales que no había
sido ya denunciado individualmente (Exp. 262355, Línea 10) y varios episodios
de agresión al personal de conducción (Exp. 262266, 262267, 262313 y 262368)—
no generaron aviso SAETIP alguno ni consta que fueran comunicados a Prevención
o a la representación sindical por ningún otro cauce.
3. Que, adicionalmente, se han detectado dos anomalías
relevantes en los cuatro incidentes que sí fueron comunicados: (i) el aviso
SAETIP correspondiente al Exp. 262397 identifica el hecho como ocurrido en
la Línea 31, mientras que la denuncia policial lo atribuye a la Línea 32,
sin que conste explicación de dicha discrepancia; y (ii) el aviso SAETIP
correspondiente al Exp. 262314 (Línea 25, Bus 1813, 11/08/2026) describe
hechos objetivamente más graves que los reflejados en la denuncia policial
—agresión física con arañazo al conductor, hurto de dinero y rotura de
limpiaparabrisas del vehículo—, frente a la escueta mención de «insultos y
agresión» que consta en el atestado.
4. Que esta situación reproduce, de forma agravada por el
mayor número de incidentes, el patrón ya puesto de manifiesto por esta Sección
Sindical respecto del mes de julio de 2026 (Atestado nº 5714/26), en el que
tres de cuatro incidentes tampoco generaron aviso SAETIP, lo que evidencia que no
se trata de un fallo puntual sino de una deficiencia recurrente y estructural
en el funcionamiento de dicho protocolo o en su aplicación práctica.
5. Que dicha omisión resulta especialmente grave por
cuanto priva a los delegados de prevención del conocimiento oportuno de riesgos
para la seguridad vial y para la integridad física del personal de conducción,
impidiéndoles ejercer las funciones de vigilancia, control y propuesta de
medidas preventivas que legalmente les corresponden, y desactiva, de facto, la
finalidad protectora para la que fue diseñado el protocolo SAETIP.
En virtud de lo expuesto,
SOLICITA
1. Que se informe expresamente a esta Sección Sindical de
las causas concretas por las que no fueron comunicados a los delegados de
prevención, a través del protocolo SAETIP, los incidentes correspondientes a
los expedientes 262275, 262315, 262332, 262266, 262267, 262313, 262355 y
262368, todos ellos incluidos en la denuncia formalizada por TUSSAM ante la
Policía Nacional el 04/09/2026 (Atestado nº 6248/26).
2. Que se aclare el motivo de la discrepancia entre el
número de línea que consta en el aviso SAETIP del Exp. 262397 (Línea 31) y el
que figura en la denuncia policial (Línea 32), así como el motivo por el que la
gravedad de los hechos descritos en el aviso SAETIP del Exp. 262314 no se
corresponde con la escueta descripción recogida en la denuncia policial.
3. Que se lleve a cabo, por los servicios competentes de
la empresa, un seguimiento e investigación interna del funcionamiento del
protocolo SAETIP en relación con los incidentes de julio y agosto de 2026 aquí
referidos, identificando en qué fase de la cadena de comunicación, activación
por el conductor o personal de movimiento, transmisión por CECOP, elaboración y
distribución del aviso, o cualquier otra, se produce de forma recurrente la
interrupción que impide que la información llegue a Prevención y a la
representación sindical.
4. Que, una vez identificado el punto de fallo, se dé
traslado a esta Sección Sindical de las medidas correctoras que se adopten para
garantizar que, en lo sucesivo, todo incidente de seguridad vial, agresión o
insulto al personal de conducción sea comunicado a los delegados de prevención
y a la representación sindical con la misma diligencia y exactitud con la que
se documenta a efectos de una eventual denuncia penal o administrativa.
Todo ello, sin perjuicio
de las acciones que en defensa del derecho de información de los delegados de
prevención y de la representación sindical pudieran corresponder a esta Sección
Sindical ante los organismos competentes.
Quedando a la espera de
su respuesta en el plazo más breve posible, reciba un cordial saludo.
Fdo.: Isidro
A. Fdez. Reina
Secretario
General
Agrupación
Sindical de Conductores (ASC)

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