martes, 14 de mayo de 2019

EPI A SUPERVISORES

DE: EJECUTIVA DE ASC
ASUNTO: EPI A SUPERVISORES

14 de mayo de 2019

Parece ser que a alguien la ha dado un ataque de celo en el cumplimiento de determinadas normas de prevención cuando para otras hace caso omiso. Nos referimos en este caso a la imposición unilateral, por parte de las empresas, de un EPI a los supervisores y por la interpretación de algunos responsables que les obligan a llevarlo incluso cuando las circunstancias no son las que se describen en el acta de prevención en cuestión.

En primer lugar le solicitamos que impartan las instrucciones oportunas para que las instrucciones se ciñan a lo recogido en la circular al respecto y no a todas las circunstancias del desempeño de su trabajo.

En segundo lugar, mostramos la extrañeza en este celo escrupuloso hacia los supervisores, cuando se obvia al resto de colectivo que transitan por la calzada, es decir, creemos que esto obedece más a una persecución o caza de brujas que para otra cosa.

En tercer lugar y dado que, si no es una caza de brujas, entenderíamos determinados motivos. Queriendo ser bien pensados entenderemos que también se le doten a estos compañeros de unos pantalones de moto (EPI) que garanticen en su mayor medida la protección en caso de accidente, lo que nada tiene que ver con que estén o no homologados, sino que además sean de calidad y garanticen una adecuada protección y ventilación, según el caso, para soportar las variables termiónicas del clima según la época del año, es decir, que se doten a los supervisores que realizan servicio en moto de dicho EPI especifico para invierno y uno especifico para verano, o uno compatible para ambas temporadas, entendiendo este ultimo como uno que técnicamente, y tras asesoramiento al respecto, sea el más aconsejable, sin que en esta materia la empresa anteponga criterios economicistas a los propios de la seguridad.


Sin más, reciba un saludo.