martes, 10 de diciembre de 2019

RECOMENDACIONES A SEGUIR POR SEGURIDAD


Ante los problemas sobre accidentes por presuntas fallas mecánicas vinculadas posiblemente a la falta de mantenimiento o al haber omitido la empresa hacer caso de las reiteradas averías dadas por los conductores, recomendamos seguir las siguientes instrucciones:

  1º.- El ayuntamiento exige a la empresa lo siguiente;

Reglamento para la Prestación del Servicio (RPS).-

ARTÍCULO 32. Los vehículos tan sólo podrán prestar servicio en las debidas condiciones de sanidad, limpieza y estado de conservación técnica.

ARTÍCULO 34. El estado de conservación técnica habrá de ser el normal de una correcta explotación, y escrupuloso en aquellos órganos del vehículo que puedan afectar a la seguridad de los viajeros y transeúntes.

ARTÍCULO 35. En general, la Dirección viene obligada a adoptar cuantas medidas redunden en bien del servicio, y muy particularmente cuidará de aquellos elementos que directa o indirectamente puedan ser causa de accidente.

2º.- Aunque la empresa intente presionar para que saquemos los vehículos rápidamente, recomendamos que se revisen exhaustivamente los mismos, especialmente en lo relativo a elementos de seguridad activa /Frenos, dirección, neumáticos, etc.).

3º.-   No dejaros coaccionar o presionar en modo alguno por los mandos intermedios y recordad que el único que puede decidir sobre trabajar, o no, con un vehículo con deficiencias; es el conductor.

4º.- Dar todas las averías que detectéis, absolutamente todas, y remitirnos un correo con la avería dada, el vehículo, la línea y la hora y las copias de los correos que os remita la empresa al respecto.

5º.- En el caso que un mando intermedio os presione para que continuéis con vehículos con deficiencias, no dudéis en retiraos al médico si dicha presión os altera en modo alguno. Recodad que el Reglamento para la Prestación del Servicio obliga a los mandos a no llamarle la atención en público a ningún trabajador RPS: ARTÍCULO 51. Ningún empleado podrá ser amonestado o reprendido en acto de servicio, sino al término de su jornada de trabajo, sin perjuicio de que puedan ser corregidas en el momento determinadas conductas o actitudes. Si la falta cometida revistiese extrema gravedad, será relevado tan pronto sea posible, con independencia de la categoría que ostente.

Ante esta circunstancia, independientemente que os afecte medicamente, hacernos llegar todos los datos para interponer la correspondiente denuncia hacia la persona que os haya acosado abusando de autoridad. En cualquier caso, dicha persona, si sigue instrucciones superiores, trasladaremos la responsabilidad a estos, sin menoscabo de la que tenga quien o quienes incumplan la normativa vigente.

Teniendo en cuenta lo anterior, ya es hora de que cada cual asuma su responsabilidad y recuerda que la empresa se lavara las manos y el conductor castigado por la dejadez de otros…!!!que cada palo aguante su vela!!!...!!exige tus derechos!!