DE:
SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN
A:
DIRECTOR GERENTE
ASUNTO:
CARRITOS DE BEBE
Sevilla a 14 de abril de 2015.
Todos conocemos que en periodos de FFPP
y otros puntuales en determinadas líneas, se producen tales acumulaciones de
usuarios que resulta imposible al conductor llevar el control exhaustivo del número
de carritos que acceden y bajan del bus.
Ante esta circunstancia podemos
anticipar un vacío legal que afectaría en a la garantía jurídica tanto de
usuarios como de conductores.
Por este motivo le planteamos la
posibilidad que, a modo disuasorio y de control, se establezca el abono simbólico
de un canon asociado al acceso de dichos carritos. Esta circunstancia ofrecería
seguro de ocupantes a los mismos y por consiguiente los daños que este pueda
ocasionar o le ocasionen a la vez de que se controla que se cumple la normativa.
Sin
más y a la espera de su contestación, reciba un saludo.