jueves, 14 de noviembre de 2013

VAPORIZADORES ¿PROHIBIDOS O AUTORIZADOS?

ESCRITO ENVIADO A LA GERENCIA EN EL DÍA DE HOY


A: DIRECTOR GERENTE

DE: AGRUPACION SINDICAL DE CONDUCTORES


Buenas tardes Manuel, hemos detectado un aumento del uso de vaporizadores en los buses y los conductores no tienen claro si ese uso esta considerado como fumar o por el contrario se trata de vapear y por lo tanto no hay legislación que lo regule.

Ante esta situación te solicitamos que se realice una campaña entre los conductores indicando el tratamiento que la empresa entiende se le debe dar al uso de dichos dispositivos dentro del bus y que la misma se haga extensiva a los usuarios al objeto de evitar disparidad de criterio entre ambos colectivo, eliminando así los posibles perjuicios que puedan surgir.

En otro orden de cosas y como ya hemos solicitado anteriormente, existen dudas sobre el tratamiento que debe de recibir el perro guía que utilizan los invidentes autorizados. Dicho perro es técnicamente un lazarillo, por lo que el viaje compartido del perro y un lazarillo humano obligatorio a este ultimo al abono de billete y en el caso que o fuese así podríamos interpretar que la norma del lazarillo es extensiva a cuantos lazarillos quiere llevar, de manera simultanea, el invidente en cuestión.

Es de nuestro interés que se aclaren estas cuestiones y que se integren dichas aclaraciones en el manual de explotación y así tanto trabajadores como usuarios tendrán claros los conceptos y harán un uso adecuado de dicha normativa.

Sin mas y a la espera de aclaración de estos asuntos a la mayor brevedad posible, recibe un saludo.