viernes, 26 de marzo de 2010

SERVICIOS MÍNIMOS

ESTOS SON LOS SERVICIOS MÍNIMOS PUBLICADOS POR LA EMPRESA, DE MOMENTO LOS QUE NO ESTÁIS EN ESTE LISTADO  PODÉIS EJERCER EL DERECHO A LA HUELGA.








LA EMPRESA TIENE LA OBLIGACIÓN DE COMUNICAR POR MEDIO DE LA CARTA DE SERVICIOS MÍNIMOS, EN LA QUE CONSTARA QUE EL TRABAJADOR HA RECIBIDO LA MISMA.
EN PRINCIPIO ESTOS SON LOS SERVICIOS DE REFERENCIA Y SOLO LOS QUE ESTÁIS EN EL LISTADO, EN PRINCIPIO TENÉIS OBLIGACIÓN DE TRABAJAR