martes, 30 de junio de 2026

RIESGO DE QUE LOS CONDUCTORS DE TUSSAM SUFRAN POR LA CALOR

 Atendiendo a la ola de calor y a las alertas de la AEMET, desde ASC iniciamos ayer las gestiones para solicitar que el entorno de trabajo en todas las áreas de Tussam no supere las temperaturas máximas que la legislación marca (27°).

Aunque parezca algo inusual, en los buses no se puede sobrepasar dicha temperatura, pero ¿a qué tenemos derecho en ese caso? Pues la legislación en clara al respecto: la empresa está obligada a tomar medidas preventivas como reducción de jornada, cambios de horario o pausas, lo que nos lleva ineludiblemente a solicitar la suspensión del servicio en las horas centrales del día durante las alertas de la AEMET.

Teniendo en cuenta las características técnicas de los aires acondicionamos de los buses, tenemos que en el mejor de los casos la temperatura interior del bus suele bajar unos 10°C a 12 °C respecto al exterior, decimos en el mejor de los casos en condiciones de carga de público normal y en equipos que estén mantenidos de manera adecuada…algo que en Tussam brilla por su ausencia.

Dicho esto, la empresa se viene obligada a paralizar el servicio una vez la AEMET confirme el estado de alerta amarilla o roja y teniendo en cuenta las temperaturas que este organismo prevea por horas, es decir, de oficio. Cualquier golpe de calor y daño a la salud de los trabajadores es constitutivo,  y la falta de acción, teniendo la empresa conocimiento fehaciente del riesgo, deriva en un accidente grave, mortal o pone en peligro la vida de los empleados, los directivos o responsables pueden enfrentarse a penas de prisión por delitos contra los derechos de los trabajadores.

Como nosotros somos consciente que a la empresa se la sopla todo esto, ya hemos advertido del riesgo y hemos solicitado la paralización del servicio. No obstante, y al objeto de que las decisiones sean lo menos radicales posibles, pero, manteniendo la temperatura en el bus por debajo de los 27 °C, hemos solicitado a la empresa la incorporación en toda la flota de termómetros que midan la temperatura dentro del habitáculo del conductor.

Hemos recordado a la empresa que también los propios trabajadores tienen el derecho legal de interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo de inmediato. Esta acción no puede acarrear ningún tipo de represalia ni sanción disciplinaria, por lo que la manera más eficiente de controlar este asunto es la colocación de termómetros dentro del puesto de conductor y que sea este, en bases a esas mediciones, quien tome la decisión de paralizar la actividad.

Como no puede ser de otra manera esperamos que el resto de organizaciones se sumen a esta iniciativa dado que este asunto es en interés para todos los trabajadores y así se eviten agravios comparativos con otros colectivos.