martes, 27 de enero de 2026

TICKET RESTAURANTE EXPLICADO EN CORTO

 Hoy hemos estado en la reunión del tema de la retribución flexible. Como no puede ser de otra manera, dicen que rectificar es de sabios y como en esta empresa nadie tenía información más allá de la web de la empresa adjudicataria que, en la explicación de hoy, ha quedado aclarado.

 Al final parece que es el primer proyecto de ASC que tras incluirlo en el convenio se va a hacer efectivo…y se va a hacer efectivo en los términos originales.

 A groso modo y al hilo del ticket restaurante, la empresa adjudicataria te proveerá de una tarjeta (virtual o física) con la que podrás pagar en los establecimientos oficiales de hostelería y restauración, cafetería de la empresa incluida, sin limitaciones de sitios concretos.

 ¿El ahorro? Pues esa cantidad que tu destines (hasta 11€ diarios) no tributara para el IRPF, es decir…si una cerveza cuesta 2 euros, tú tienes que ganar 2 euros más el % de irpf de tu nomina para tener esos 2 euros en la mano.

Por otra parte y para aquellos que tienen seguros de salud privados, han hecho una oferta de seguro colectivo con el mismo tratamiento que el ticket restaurante.

 Ambas cuestiones, es decir, la suma del montante de esos conceptos más el ticket guardería, son descontado de la base imponible y por lo tanto no cuenta a efectos de los tramos de tributación.

 Reconocido todo esto tras la explicación recibida por la empresa adjudicataria y congratulados de que este asunto, bandera de ASC en el convenio, se haya cumplido en los términos pactados sin que nadie haya accionado en contra por otros intereses.