viernes, 26 de agosto de 2016

LIBERTAD DE TRANSITO DE LOS TRABAJADORES

A: DIRECTOR GERENTE

DE: EJECUTIVA DE ASC

ASUNTO: LIBERTAD DE TRANSITO DE LOS TRABAJADORES

26 agosto de 2016

        Hemos estado observando que dentro de las instalaciones hay habilitados carteles de prohibición de acceso a determinadas dependencias, centro de control, dependencias de taller, etc.

        Teniendo en cuenta el modelo de transparencia que desde esa Gerencia se está impulsando, entendemos que leyendas como la indicada deberían de desaparecer de cualquier dependencia de la empresa al objeto de que los trabajadores podamos circular libremente por las mismas.

        No cabe duda de que existirán dependencias cuyas labores puedan ser peligrosas para personal ajeno a las mismas que no conozcan las normas de seguridad, pero incluso en estas y siempre que los EPI´s básicos de seguridad puedan facilitarse al personal de transito, entendemos que son susceptibles de transparencia.

        En cualquiera de los caso, en dependencias, como el centro de control que son susceptibles de transito, por motivo laboral, de personal técnico de informática, SAE, supervisores o conductores, entendemos que ese cartel sobra, al menos si no se definen como personal a los trabajadores aludidos, algo ampliable al resto de dependencias de la empresa.


        Sin más y a la espera de su respuesta, reciba un cordial saludo.