miércoles, 9 de marzo de 2016

ASIENTOS CON REPOSACABEZAS.

DE: EJECUTIVA ASC.

A: DIRECTOR GERENTE

ASUNTO: ASIENTOS CON REPOSACABEZAS.


Sevilla a 20 de Enero  de 2016


En el día de hoy la empresa pretende dar parte a un trabajador por negarse a llevar un vehículo el cual el asiento no dispone de un elemento tan importante como es el reposacabezas, algo que se trató en el último comité de seguridad y salud sobre la obligatoriedad, o no, del citado elemento en nuestra flota de autobuses, y de lo cual no se nos ha informado de la consulta que realizamos en su día, por lo tanto no entendemos que criterio están aplicando hacia este trabajador, cuando la empresa todavía no nos ha informado de nada, y cuando la propia empresa en su área de talleres nos dijo que tenía conocimiento de ello, pero que la cantidad de autobuses que no disponían de estos elementos no era ni significativa, y que se comprometía a la sustitución de todos los asientos, ya que como hemos dicho eran 4 o 5 los que estaban en esta situación y había asientos suficiente para poderlos cambiar todos,  de lo cual está todo recogido en el acta de la citada comisión.

Por lo que entendemos que antes de aplicar el látigo hacia el mismo colectivo de siempre, no se informa a los trabajadores si no hay  obligatoriedad del citado elemento, si es que existe, ya que en caso contrario podríamos pensar que se está actuando contra el colectivo, o contra un trabajador de forma individual.  



Sin más reciba un cordial saludo.            Angel. R.