miércoles, 18 de octubre de 2023

ANOMALÍAS EN LOS PROCESOS SELECTIVOS EXTERNOS

 A: DIRECTOR GERENTE

DE: EJECUTIVA DE ASC

ASUNTO: ANOMALÍAS EN LOS PROCESOS SELECTIVOS EXTERNOS

Sevilla 18 de octubre de 2022

 Habiendo tenido conocimiento de presuntas anomalías en el llamamiento de personas que se han presentado a procesos externos de selección y ante la negativa reiterada y persistente de la empresa a atender la difusión de los puestos ofertados del grupo 1, nos vemos en la obligación de actuar contundentemente en relación a nuestro cometido establecido en convenio en materia de principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, especialmente importante por nuestra condición de empresa pública.

Nuestro Convenio Colectivo en su artículo 10.1 que indica los siguiente:

La contratación de nuevo personal y la promoción interna se realizará mediante procedimientos que garanticen el respeto de los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, y que las personas seleccionadas posean las titulaciones exigidas, la cualificación profesional necesaria y las aptitudes psicofísicas que requiera el puesto.

Estos criterios son aplicables a los procesos internos y externos, es decir, los que constan de tribunal al efecto y los que la empresa controla de manera exclusivamente unilateral.

 Así mismo, el C.C. en su artículo 10.2.a) reza lo siguiente:

  La contratación de personal y la promoción interna se realizará mediante los siguientes procedimientos:

a) El personal del grupo I se designará por el Director/a Gerente entre una terna de aspirantes seleccionados al efecto mediante un proceso de promoción interna, en el que se valorará la adecuación al perfil competencial que requiera el puesto de trabajo.

Las vacantes de este grupo no cubiertas por promoción interna serán ofertadas públicamente.

Una Comisión Mixta Paritaria constituida entre la Empresa y un representante de cada una de las Secciones Sindicales firmantes del convenio actuará como garante del cumplimiento de los principios relacionados en el apartado 1.

 Ante lo anterior y habiéndose multiplicado desde 2021 los procesos de selección de personas para el grupo 1, exigimos que se nos aclare lo siguiente:

1.     Los motivos por los que no se ha convocado a la Comisión Mixta Paritaria que recoge el C.C. en los procesos de selección del grupo 1 celebrados desde 2020 hasta la fecha.

2.     Al objeto de garantizar que se cumplen los objetivos establecidos en el artículo 10.2.a) y el cometido de los sindicatos a tal efecto, solicitamos la convocatoria urgente de dicha comisión al objeto de que se nos remita la siguiente documentación:


a.     Listado de aspirantes presentados.

b.     Listado de aspirantes admitidos.

c.      Listado de aspirantes excluidos y los motivos.

d.     Listado de pruebas y procesos realizados al efecto.

e.     Puntuación final de todos y cada uno de los procesos.

f.       Motivos por los que no se le ha dado la publicidad oportuna en todos y cada uno de los medios de difusión de los que tiene a disposición la empresa.

g.     Listado de empresas que concurrieron a los procesos.

h.     Requisitos exigidos a las mismas.

i.        Listado de empresas adjudicatarias de dichos procesos.

j.        Condiciones y lugares en los que se celebraron las pruebas.

k.      Motivos por los que no se nos hizo participes de las fechas de las pruebas.

l.        Motivos por los que no se nos permitió estar presentes en las mismas.

 

Además de todo lo anterior solicitamos que se depuren responsabilidades al efecto sin menoscabo que ante las presuntas anomalías descritas y otras que pudiesen existir nos reservemos nuestro derecho a las acciones penales en las que hubiese podido incurrir y, por supuesto, el derecho de las personas aspirantes que se hayan sentido perjudicados si finalmente quedasen acreditadas las presuntas anomalías.

 Sin más y a la espera de que tenga a bien estudiar y corregir las anomalías en materia de normativa aquí denunciadas, reciba un cordial saludo.