DE: EJECUTIVA DE ASC
A: DIRECTOR GERENTE
ASUNTO: RIESGO PARA LOS USUARIOS Y
DESCANSO INTERMEDIO
Estamos teniendo
constancia que, utilizando tácticas poco recomendables de presión psicológica,
desde el Centro de Control y solo por parte de algunos controladores, se están presionando
a los conductores, especialmente a los de nuevo ingreso, para que recorten su
descanso intermedio ante la inoperancia organizativa de la empresa.
El RD
902/2007 establece la obligatoriedad de establecer un descanso mínimo de 30
minutos a todos los conductores que tengan servicios de más de seis horas, por
lo que la empresa no solo está vulnerando esta ley, sino también el propio
convenio colectivo que ya regulo la aplicación de dicho descanso.
Lo anterior
tiene como consecuencia directa el poder determinar que la empresa permite un
absoluto desprecio de la ley por parte de sus mandos intermedios y con ello además
pone en peligro a los usuarios obligando a los conductores a conducir con
riesgo para la seguridad de los mismos.
Aprovechando
estas líneas invitamos a todos los conductores a que no cedan a estas prácticas
y en ningún caso accedan a realizar reducción de su descanso intermedio
por debajo de los 30 minutos, por mucho que los mandos intermedios intenten
coaccionaros. En caso de que se produzca esa presión y la misma o provoque algún
trastorno ansioso, evitad conducir en ese estado y proceded a recibir
asistencia médica y comunicad la incidencia a vuestros representantes sindicales.
Esperamos
que, con carácter urgente y prioritario, desde esa gerencia se tomen las medidas
oportunas para erradicar ese tipo de prácticas.
Aprovechamos
este documento para solicitar a esa empresa que se cumpla el convenio también
con el resto de colectivos en esta materia y se proceda al abono de los tiempos
generados por dichos colectivos desde la fecha de entrada en vigor del convenio
colectivo: 1 de enero de 2017
Sevilla a 29 de noviembre de 2018.