domingo, 20 de septiembre de 2026

INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESPUESTA DE LA C.M.O.

 

A: DIRECTOR GERENTE

ASUNTO: Reclamación por incumplimiento de los plazos de respuesta y de remisión de documentación comprometidos por la empresa en la Comisión Mixta de Operaciones de 2 de septiembre de 2026 (Acta nº 08).

Sevilla, a 20 de septiembre de 2026

D. Isidro A. Fdez. Reina, en calidad de Secretario General Provincial de la Agrupación Sindical de Conductores (ASC), organización sindical con representación en el seno de esta empresa, y actuando en defensa de los intereses y derechos de información de los trabajadores y trabajadoras afiliados a la misma, ante esa Gerencia comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE

1. Que en la Comisión Mixta de Operaciones celebrada el 2 de septiembre de 2026 (Acta nº 08, punto 5º del orden del día, Formación), la representación de la empresa se comprometió expresamente a dar respuesta, en un plazo máximo de 7 días, a la solicitud de formación para los vehículos nuevos, en particular los eléctricos. Dicho plazo venció el 9 de septiembre de 2026 sin que, a la fecha del presente escrito, conste que la respuesta comprometida haya sido facilitada a esta Sección Sindical.

2. Que, igualmente, en el punto 3º del orden del día (Plan de Movilidad Sostenible), la RE se comprometió a agilizar al máximo la propuesta empresarial de dicho plan «en el plazo máximo de 10 días», plazo que venció el 19 de septiembre de 2026 sin que, a la fecha del presente escrito, se haya facilitado a esta Sección Sindical borrador, propuesta ni documento de trabajo alguno, pese a que esta representación solicitó expresamente en la propia reunión que dicho borrador se remitiera en un plazo de 7 días y aceptando el compromiso del Director gerente de 10 dias como acto de buena fe, buena fe claramente vulnerada.

3. Que, en relación con el punto 2º del orden del día (Lanzadera), la RE manifestó que «realizaría las valoraciones al respecto y contestaría a la RPT» con carácter previo a adoptar cualquier decisión sobre la continuidad del servicio. No obstante, la segunda lanzadera ha dejado de prestar servicio el pasado lunes 14 de septiembre de 2026 sin que dicha valoración o respuesta haya sido facilitada previamente a la RPT, y sin atender la petición expresa de esta representación de posponer un mes la retirada del servicio para poder analizar su demanda real. Esta forma de proceder, retirar de hecho un servicio y comunicarlo unilateralmente sin haber dado antes la respuesta que la propia RE se había comprometido a dar,  es una muestra más de lo poco que parece importar a esa Dirección el impacto real de sus decisiones sobre la plantilla, en este caso sobre los trabajadores y trabajadoras que venían beneficiándose de un servicio que facilitaba su conciliación y sus condiciones de desplazamiento al trabajo.

4. Que estos incumplimientos se suman a otros compromisos igualmente incumplidos por la empresa, puestos ya de manifiesto en la propia acta de la reunión de 2 de septiembre de 2026: de un lado, la implantación total del protocolo del «botón azul» en los incidentes en línea, comprometida en el SERCLA para antes del 31 de diciembre de 2025 y aún pendiente de ejecución; y de otro, la ampliación de la plantilla de auxiliares de operaciones y centro de control como contrapartida a la privatización del servicio de taquilla del aeropuerto. En este último punto, la propia RE reconoció en la reunión que se han creado 3 puestos, cifra manifiestamente insuficiente para compensar la amortización de empleo derivada de dicha privatización, sin que se haya dado cumplimiento a la ampliación de plantilla que en su día se anunció. Se trata de otra muestra más del desprecio de esa Dirección hacia la plantilla, y en especial hacia los trabajadores y trabajadoras de mayor edad que han prestado servicio a esta empresa durante muchos años, cuyas expectativas de continuidad y de reconocimiento quedan así defraudadas sin justificación alguna.

5. Que la acumulación y reiteración de estos incumplimientos no puede entenderse como un hecho aislado ni como una simple demora administrativa, sino como un patrón sistemático de desatención de esa Dirección hacia los órganos de participación de los trabajadores y hacia los compromisos que ella misma asume por escrito ante la representación legal de la plantilla. Una Dirección que convoca comisiones, adquiere compromisos concretos y con plazo ante la representación de los trabajadores, y después los incumple de forma reiterada sin ofrecer explicación ni alternativa alguna, no actúa de buena fe negocial, sino que evidencia un talante de gestión que antepone el hecho consumado y el desprecio a la palabra dada a la lealtad y diligencia mínimas exigibles en las relaciones laborales y en el funcionamiento de la Comisión Mixta de Operaciones.

En virtud de lo expuesto,

SOLICITA

1. Que, de forma inmediata, se remita a esta Sección Sindical la respuesta y la documentación comprometidas en la reunión de 2 de septiembre de 2026 y actualmente pendientes:

a) Respuesta sobre la solicitud de formación para los vehículos nuevos, vencida desde el 9 de septiembre de 2026.

b) Borrador o propuesta empresarial del Plan de Movilidad Sostenible, vencido desde el 19 de septiembre de 2026.

c) Respuesta, valoración y reconsideración de la decisión adoptada sobre la segunda lanzadera, con el fin de restablecer el servicio.

2. Que se informe por escrito de las causas del retraso en cada uno de los puntos anteriores.

3. Que se dé cumplimiento a los compromisos igualmente pendientes relativos a la implantación total del protocolo del botón azul y a la ampliación de la plantilla de auxiliares de operaciones y centro de control.

4. Que se convoque, a la mayor brevedad posible, una nueva sesión de la Comisión Mixta de Operaciones para dar cuenta del estado de estos compromisos y de los restantes puntos tratados en la reunión de 2 de septiembre de 2026.

Quedando a la espera de su respuesta en el plazo más breve posible, reciba un cordial saludo.

Fdo.: Isidro A. Fdez. Reina

Secretario General

Agrupación Sindical de Conductores (ASC)