lunes, 10 de octubre de 2016

INCUMPLIMIENTO DEL E.T.





DE PRESIDENTE DE COMITÉ DE EMPRESA:

A: DIRECTOR GERENTE:

ASUNTO: INCUMPLIMIENTO DEL E.T.


Las interpretaciones de nuestro Convenio Colectivo han llevado a las secciones sindicales a poner un gran número de conflictos colectivos, la mayoría de ellos dándoles el juez la razón a los trabajadores.

En el último consejo de administración la Agrupación Sindical de conductores, solicito a la Presidenta poner una especial atención a estas denuncias con el objeto de llegar a acuerdos en el seno de nuestra empresa, a lo que con el buen talante que le caracteriza a la presidenta se comprometió a ello.

Todo esto viene a colación que el departamento de Recursos Humanos de nuestra empresa, intenta cercenar el derecho de los trabajadores incumpliendo para ello el Estatuto de los Trabajadores en su articulo 23 en sus apartados A,B. y C, donde viene a decir literalmente que; “ el trabajador que curse estudios con regularidad podrá solicitar turno de trabajo” y la empresa según dicho articulo tiene el deber de facilitárselo, pero que es lo que ocurre, que el departamento citado anteriormente vulnera el E.T. haciendo una interpretación que no esta negociada en ninguna Comisión Mixta Permanente.

Por lo que solicito abordar a la mayor brevedad posible, antes de apoyar otro Conflicto Colectivo por parte de las secciones sindicales, y darle una solución al problema, reciba un cordial saludo.


                                             Sevilla a 10 de octubre de 2016.



                                                     Presidente de Comité de Empresa.