La huelga, esa herramienta tan romántica a nivel reivindicativo, como inútil si es mal utilizado, mal gestionado y mar organizada.
Retomamos los escritos pedagógicos que pueden servir para
que quienes se inician en el sindicalismo y quieren hacer sindicalismo en vez
de pantomimas demagógicas, lo hagan de manera efectiva.
La huelga es un derecho fundamental de los trabajadores
(art. 28.2 Constitución Española) que puede ser convocado por sindicatos, representantes
de trabajadores o comités de empresas así
como directamente por los trabajadores en asamblea por mayoría, con el fin de
presionar para defender sus intereses. Se deben preavisar con 5 días, 10 en
servicios públicos como el nuestro.
LEGITIMACIÓN Y CONVOCATORIA:
¿Quiénes pueden organizar/convocar una huelga?
1.
Organizaciones
Sindicales: Sindicatos, secciones sindicales (generalmente para huelgas
sectoriales o generales).
2.
Representantes
de los Trabajadores: Comité de empresa o delegados de personal, por acuerdo
mayoritario.
3.
Los
propios trabajadores: Mediante asamblea, votando a favor al menos el 25% de
la plantilla, y ganando la votación por mayoría simple en voto secreto.
ORGANIZACIÓN:
Motivos de huelga (causas legales)
1.
Conflicto
laboral: Defensas de intereses profesionales, laborales o económicos de los
trabajadores.
2. Mejoras
salariales y laborales: Negociación de convenios colectivos.
3.
Protesta
contra medidas empresariales: Despidos, cambios de condiciones de trabajo,
seguridad y salud.
4.
Huelgas
solidarias: En apoyo a otros trabajadores (siempre que les afecte el
conflicto)
NEGOCIACIÓN:
Una
convocatoria de huelga requiere, para
ser creíble y efectiva de cara a los trabajadores, de pasos negociadores
previos que deben ir indicados en la propia convocatoria que será
dirigida a la empresa y a la autoridad laboral, así como la composición del comité
de huelga que no excederá el número de doce miembros.
En esta
parte tenemos que pararnos porque, si bien se puede negociar condiciones a través
de una comité de huelga, es ilógico que una empresa negocie con cuatro
descerebrados sin la oportuna representación dada por las urnas, porque rompería
el equilibrio y abocaría a un conflicto de mayores dimensiones con las partes
elegidas por sufragio.
CONCLUSIONES:
No hay dudas de que convocar una huelga sin haber intentado
la negociación con la empresa es una absoluta irresponsabilidad, dado que hacer
que los trabajadores entren en conflicto sin
posibilidad de salida por falta de representatividad, no es una opción muy
inteligente si la intención es alcanzar acuerdos. Otra cosa es que el objetivo
sea más espurio, pero se vendan otras cosas jugando con el desconocimiento
general, que entonces nos encontramos ante una absoluta desvergüenza muy
mezquina.
Volvemos a recordar que las huelgas, por concepto, deberían
de ser siempre secundadas…pero también hay que tener en cuenta los matices: una
huelga mal organizada, sin información previa
a los trabajadores, sin negociación previa y con objetivos oscuros y ambiguos,
no debería de ser secundada porque prostituye claramente el concepto…ya lo
dijimos cuando se convocó una para de la jubilación a los 60 y no se tenía
posibilidad de ser interlocutor válido para negociar, como así ha sido…ejemplo
claro de que HUELGA es el sinónimo claro de último recurso contundente de los
trabajadores, pero poco efectivo si es mal
utilizado.