domingo, 1 de marzo de 2026

DERECHOS LABORALES. TEMA 7: CONVENIOS COLECTIVOS, NEGOCIACION Y MIXTAS PERMANENTES

 Este domingo vamos a hablar de los convenios colectivos y más específicamente del nuestro y lo que afecta a este la correlación de fuerzas.

Primero vamos a lo genérico:


 ¿QUÉ ES UN CONVENIO COLECTIVO?

Un convenio colectivo es un acuerdo vinculante negociado entre los representantes de los trabajadores (sindicatos) y los empresarios (asociaciones empresariales o la propia empresa). Su función principal es regular las condiciones de trabajo y productividad en un ámbito determinado.


 ¿QUÉ REGULAN HABITUALMENTE?

Estos acuerdos establecen unos mínimos obligatorios que mejoran lo dispuesto en la ley general (como el Estatuto de los Trabajadores en España). Entre sus puntos clave destacan:

 1º.- Salarios: Tablas salariales según categoría profesional y complementos.

2º.-Jornada laboral: Horas anuales, horarios, turnos y descansos.

3º.-Vacaciones y permisos: Días de descanso anual y licencias retribuidas.

4º.-Medidas de igualdad: Planes y protocolos contra el acoso o la discriminación.

 

TIPOS DE CONVENIOS SEGÚN SU ÁMBITO

Dependiendo de a quién afecten, se pueden clasificar principalmente en:

Convenio de empresa: Afecta únicamente a los trabajadores de una compañía específica.

Convenio sectorial: Se aplica a todas las empresas de un mismo sector (ej. hostelería, metal) y puede ser estatal, autonómico o provincia


DATOS CLAVE QUE DEBES SABER

1º.-Eficacia jurídica: Son de obligado cumplimiento para ambas partes mientras estén vigentes.

2º.-Consulta: Puedes saber cuál te corresponde revisando tu contrato de trabajo, tu nómina o consultando el Registro de Convenios Colectivos (REGCON) del Ministerio de Trabajo.

3º.-Ultraactividad: Si un convenio caduca y no se firma uno nuevo, sus condiciones suelen mantenerse vigentes para no dejar a los trabajadores desprotegidos

 

VIGENCIA, COMISIONES MIXTAS SU HISTORIA Y SU IMPORTANCIA

Una vez explicado el genérico, también hemos de comentar que hasta hace relativamente poco tiempo, los convenios se negociaban por un año, como mucho, para tres. Actualmente tanto en convenios sectoriales como de empresa, se tiende a pasar de los tres años de vigencia.

Los últimos convenios negociados por ASC mantuvieron la tendencia histórica de uno a tres años de vigencia: De un año cuando las cuestiones a negociar eran más simples, técnica y económicamente, y de tres cuando las implantaciones de medidas requerían de un proceso paulatino por su coste o complejidad (véase el desplazamiento).

En convenios de larga duración, ASC exigió la creación de comisiones mixtas calendarizadas de negociación permanente por sectores que permitiesen seguir negociando otras cuestiones e incluirlas en el convenio sin tener que esperar al siguiente.

De los tres que negoció pivotando ASC, (2005/2008, 2009, y 2010/2016 >Firmado en 2012 por la situación de quiebra de la empresa<) los dos de más duración mantuvieron el modelo de comisiones mixtas calendarizadas, excepto el de 2009 que se firmó solo por un año.

En el convenio 2005, que se corrigieron, crearon y mejoraron reivindicaciones históricas de los conductores, se alcanzaron varios acuerdos en comisiones mixtas, como el rescate de líneas concesionarias, la gestión del tranvía o la creación de la mayor convocatoria de plazas de la historia hasta entonces, todas ellas no exentas de medidas de presión hacia la empresa para alcanzar dichos acuerdos.

En el convenio de 2010/2016 (firmado en 2012, insistimos, en una situación de quiebra técnica) ASC alcanzo en las comisiones mixtas un total de 37 nuevos acuerdos que mejoraban los que se había firmado, entre ellos la readaptación del TP para su división en turnos de mañana y tarde.

Nosotros nos sorprendemos cuando leemos a algunos decir que las mixtas no sirven, cuando la prueba palpable la tenemos precisa y claramente en el convenio 2010/2012, con un total de 37 acuerdos desde el 2012 hasta 2016, más un acuerdo previo al convenio e incluido en este que cerraba el capítulo de los5 minutos de la VD, el CAP a cargo de la empresas, etc.

 Quizás el desarrollo de las mixtas desde 2017, la gestión de la presión -negociación de los interlocutores mayoritarios sea diferente a las de entonces, por lo que queda de manifiesta que no son las mixtas, son las capacidades o las ambiciones de cada mayoría de cada momento.