A: DIRECTOR GERENTE
Le indicamos que además la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el principio de igualdad, recordando que éste "prohíbe las desigualdades que resulten artificiosas o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y razonables".
Ante esta situación esperamos la convocatoria urgente de dicha CMP en la que adaptar, de manera negociada, nuestro convenio a la doctrina judicial indicada al objeto de no entrar en vulneraciones sobre el propio principio de igualdad de la doctrina del propio tribunal constitucional y al mismo tiempo consensuar la fórmula para que los trabajadore que hayan perdido la prima de asistencia por IT, recuperen los emolumentos detraídos.
Sin mas y a la espera de su respuesta en positivo, reciba un saludo.