A: DIRECTOR GERENTE
DE: EJECUTIVA DE ASC
ASUNTO: COMISIÓN NEGOCIADORA
Sevilla 25 de febrero
de 2022
Desde esa empresa se nos ha convocado a Comisión Negociadora del convenio
para el próximo día martes, pero desconocemos aun los puntos del orden del día.
ASC tiene claro que
existen puntos de interés para los trabajadores y que, como ya conoce, hemos solicitado
su revisión en la Comisión Mixta Permanente, entendiendo que, una vez firmado
el convenio, debería de ser el órgano habilitado al efecto.
En la Comisión Redactora,
esa empresa, ha pretendido renegociar asuntos que ya estaban negociados (al menos
así se entendía), refrendados por la plantilla y firmado por todos los
sindicatos, utilizando para ello una Comisión Negociadora que se entendía
finiquitada una vez terminados los procesos anteriores.
La falta de registro del
convenio en los órganos laborales parece ser que es el argumento de esa empresa
para acudir a dicho órgano y desde ASC no podemos hacer nada para evitarlo al
estar el resto de sindicatos de acuerdo.
No obstante, teniendo en
cuenta que hemos solicitado la reunión del órgano que presuntamente está
habilitado para negociar una vez firmado el convenio, La Comisión Mixta Permanente (CMP), y que la empresa ha acudido a retrotraer la negociación
dentro del órgano inicialmente caduco una vez firmado el convenio (Comisión
Negociadora), solicitamos que, en la
inminente próxima reunión, se incluya como punto primero la negociación de la
situación de los TP.
Al margen de ese
asunto, también hay que clarificar que las subidas pactadas se apliquen los
días uno de enero de cada año de vigencia y se apliquen sobre lo que existe en
ese momento. Como hasta ahora no hay impedimento legal alguno, solicitamos que
se aplique a las nóminas de enero, febrero y sucesivos (hasta que haya norma,
al contrario, si la hubiere) el aumento del IPC (6,5% que supone una media de
120€ mensuales por trabajador)
Por último y en materia de jornada, dejar claro en la redacción del
convenio que los servicios de jornada inferior a 6:33 solo son de aplicación a
los reductores de jornada.
Independientemente de los acuerdos que se alcancen, solicitamos que si se
alcanzan algunos diferentes a lo votado por la plantilla, se antoja necesario
que dicho convenio se refrende de nuevo en las urnas, teniendo en cuenta que lo
votado ni siquiera ha sido registrado oficialmente por lo que no se trata de
una renegociación en la CMP, si no
del mismo convenio con otros acuerdos diferente a lo votado.
Sin más y a la espera de que se atiendan estas peticiones, reciba un saludo
Isidro A. Fdez.