A: DIRECTOS
GERENTE
DE: EJECUTIVA DE
ASC
ASUNTO: VULNERACIÓN
DE LA LOLS Y EL C.C.
Ante las maniobras observadas últimamente de parte de la
empresa y a pesar de haber tenido conversaciones al respecto, seguimos observando
con estupor como esta sigue vulnerando la Lols y el Artículo 112. Del C.C. que dice así:
Artículo 112. Prohibición de discriminación sindical.
La empresa no fomentará ni dará apoyo económico o de cualquier índole con
carácter discriminatorio, a ninguna de las centrales sindicales.
Queremos manifestar lo siguiente:
1º.- La empresa está
vulnerando la LOLS y el convenio colectivo en su Artículo 112 del C.C.
dejando de aplicar derechos inalienables de manera discriminatoria a unos
sindicalistas respecto a otras organizaciones.
2º.- La empresa está
vulnerando la LOLS y el convenio colectivo en su Artículo 112 del C.C.
al dejar de publicar los servicios de los sindicalistas. La alevosía con la que
se ha hecho no la vamos a valorar, de momento, pero es extraño que primero
hayan sacado a sindicalista de un sindicato que supuestamente lo habían
solicitado y a colación se tome la decisión de sacar a todos porque quedaba
demasiado burdo.
3º.- La empresa está
vulnerando la LOLS y el convenio colectivo en su Artículo 112 del C.C. cuando
manipula y vulnera el derecho a la reducción de jornada, discriminando a los
sindicalistas de ASC que
estaban acogidos a dicho derecho, cargando la jornada completa al crédito horario
sindical cuando a otros sindicalistas de otras organizaciones les cargan la
jornada reducida, restando medios a ASC
de manera coercitiva y discriminatoria.
Ante esta circunstancia exigimos un trato igualitario y
transparente para todos los sindicatos tal
y como recoge la Lols y el Artículo 112 del C.C. y por ellos
solicitamos que se apliquen los derechos inalienables a todos los
sindicalistas, que se publiquen las condiciones laborales, servicios y datos económicos
de estos, excepto los datos de salud, que son los únicos sensibles.
En aras de la transparencia, caso que algún sindicalista ejerza
algún tipo de prohibición expresa, exigimos que se ponga en conocimiento de la
plantilla tal decisión.
Sin más y dándole carácter de comunicación previa a las
previsibles acciones judiciales por vulneración de derechos fundamentales,
reciba un saludo.