A: DIRECTOR GERENTE DE TUSSAM
DE: EJECUTIVA DE ASC
ASUNTO: CAMBIO DE NORMATIVA DE PERMISOS
Hoy hemos recibido
la noticia que la actual mayoría del Comité de Empresa ha solicitado una
reunion para consensuar la aplicación de la nueva normativa por la que se modifica, entre otros,
el párrafo introductorio, y las letras a) y b) y se añade una nueva letra b
bis) en el apartado 3 del artículo 37 del E.T. modificándose además los
apartados 4 y 6.
Desde ASC y teniendo en cuenta que
fue precisamente en la anterior etapa de usted como gerente cuando se modificó
la aplicación del desplazamiento de descanso, festivos, vacaciones sueltas y
Dcl´s coincidentes con los permisos dimanados de la norma aludida, entendemos
que la aplicación de la ampliación del número de dias con los criterios
establecidos en el convenio no tiene que ser objeto de reunion.
Los principios de la buena fe
contractual de la que usted siempre ha sido garante, no necesita de reuniones
adicionales para evitar aplicaciones torticeras o sesgada del espíritu de la
norma, por lo que estamos convencidos de que se aplicara en los mismos términos
actuales y que se corregirá los errores que se hayan podido producir desde la
entrada en vigor de la norma sin necesidad de reuniones adicionales.
No obstante, ya conoce que el marco
legal de negociación permanente indica que el único órgano en el que la interpretación
de la norma, de la que no dudamos hara de la manera que el legislador ha
decretado, es la CMP, por lo que, si entiende oportuno interpretar la norma de
una manera diferente, este órgano debería de ser convocado, insistimos, caso de
interpretaciones jurídicas sesgadas que estamos convencidos no es el caso.
En cualquier caso, entendemos que
los compañeros, acostumbrados a un modelo de relaciones peculiar, pidan
reuniones extraoficiales al margen de las reuniones establecidas en el
convenio, no obstante tienen la inercia del modelo de relaciones laborales anterior
en el cual, era vox populi, tenían que solicitar reuniones extraoficiales para
solicitar, sin mucho éxito, la anuencia del anterior gerente para dar las interpretaciones
legislativas adecuadas que acogiesen el espíritu del legislador.
Estamos convencidos de que mantiene
intacto ese buen hacer y esos principios de buena fe contractual del que ha
hecho y hacemos gala los que hemos tenido la oportunidad de compartir
relaciones laborales con usted, por lo que no dudamos ni mínimamente que la aplicación
del artículo del E.T. modificado se hara en los términos actuales y por lo que
solicitamos que se emita una circular que corrobore tales términos, enviando
copia a los compañeros del resto de organizaciones que, con buena fe, han
solicitado reunion al efecto,