martes, 27 de marzo de 2018

CANTIDADES DE CONVENIO MAL APLICADAS

DE: SECRETARIO GENERAL DE ASC

A: DIRECTOR GERENTE 

ASUNTO: CANTIDADES DE CONVENIO MAL APLICADAS

Sevilla a 27 marzo de 2018.


            Hemos observado que la aplicación económica del convenio recién suscrito, no se adecua a lo recogido en el mismo que dice literalmente lo siguiente:

A.3. Establecer una estructura salarial conforme al detalle recogido en ANEXO I
A.4. Incorporar la prima mensual por desplazamiento correspondiente a cada trabajador y el importe correspondiente a la prima mensual por desplazamiento en el salario mensual de los trabajadores pertenecientes a la categoría profesional de Conductor-perceptor.
El personal que a la fecha de suscripción del este Convenio Colectivo venga percibiendo este concepto, percibirá un importe de CUARENTA Y TRES EUROS CON VEINTIUN CENTIMOS (43,21.-€) mensuales.

            Así mismo y según este texto suscrito, tendríamos que sumar al salario base que teníamos (1.734,4€), la prima mensual por desplazamiento (38,1€), la prima mensual por desplazamiento (43,21€), lo que nos daría un total de 1.816,7€ y no 1.791,4€ que es la cantidad que la empresa erróneamente está aplicando.

            Por otra parte y en relación también a un error, aparece en las tablas salariales la cantidad de 1.791,4€ referido a las pagas, cuando en realidad y basándonos en el punto 3, del mensaje enviado por la propia empresa a los trabajadores, en el que se reconoce como acuerdo la equiparación de las pagas extras al salario base, indicar que se observa también un error en dichas tablas, dado que debería aparecer la cantidad de 1.816,7€.

            Ante esta situación, solicitamos se regularicen en las tablas salariales las cantidades indicadas, así como se regularice y se proceda al abono de dichas cantidades por el concepto de atraso, dado que estos han sido mal calculados y que suponen de media 75,9 euros de media por conductor.


            Sin más y para que surta los efectos oportunos, reciba un cordial saludo.