miércoles, 29 de julio de 2015

NUEVO IRPF 2015

       La Disposición adicional 31ª de la Ley IRPF, modificada por el Real Decreto-Ley 9/2015, de 10 julio (BOE 11 de julio), establece una nueva escala de retención aplicable a los rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir del 12 de julio de 2015 (fecha de entrada en vigor de este Real Decreto-Ley).

Aunque tenemos claro que la rebaja del IRPF realizada por el gobierno es otro caso más de compra de votos para creyentes de lo etéreo (seguimos teniendo un aumento de impuestos por encima de hace cuatro años) vamos a explicaros como se aplicara en Tussam, ya que veréis que en la nomina y emolumentos ingresados aun tenemos aplicada esa legislación derogada o modificada.

       La norma daba la opción de ser aplicada en julio o en agosto y en el caso de Tussam se apostaba por hacerlo en julio. Existía un problema para hacerlo dado que el SAP (sistema informático que se usa para elaborar las nominas al que las modificaciones de este tipo genérico se realizan para todas las empresas municipales pertenecientes a la CEMS) tenía que ser modificado y aun no existía criterio único en todas las empresas, algo también indirectamente relacionado con los vacíos de poder…

       Finalmente el criterio fue hacerlo para la nomina de julio, pero las modificaciones técnicas no estarían antes de final de mes, por lo que se opto por abonar provisionalmente la nomina, con la regulación antigua, y regularizar el día 7, nomina y emolumentos.

       Así pues, el día 7 se realizara el ingreso a los que procedan y se colgara la nomina definitiva. Se puede dar algún caso, pocos y muy extraños dado que tienen que darse múltiples variables y en un entorno de ingresos elevados, en el que el trabajador tenga que llevar un descuento adicional..como no puede ser de otra manera hemos solicitado que se negocie con el trabajador la forma de descuento, algo que la empresa ya se había planteado y tenia previsto.