miércoles, 22 de junio de 2011

MANDOS INEPTOS...LO DICE UNA JUEZA

  
 Imaginemos que vamos en el autobús, en línea. En un momento determinado nos surge una avería imposible de solucionar o paliar dentro del ámbito de las competencias contractuales de  conductor, agreguémosle que al coche, además,  no le funciona la fonía. Imaginemos que tomamos una de esas iniciativas tan frecuentes al objeto de que los usuarios y el servicio se vean lo menos perjudicado posible, es decir….imaginemos que pasamos el pasaje al coche de atrás, le decimos al compañero que lo comunique al centro de control…!cachis!..si es que la fonía general no funciona….bueno, pero como es la decisión mas acertada, lo hacemos y nos vamos a cochera a cambiar el coche invirtiendo en toda la maniobra un mínimo tiempo.
Pues después de esto van los mandos de la empresa, por el mero hecho de no habérselo comunicado, es decir, por el mero hecho de tomar la iniciativa van y te abren un parte.
No, no es una película de ciencia ficción, es lo que ocurre en nuestra empresa y además ocurre por tener un elevado número de incompetentes como mandos y mandos intermedios. Un número elevado de sujetos cuya única valía es haber sido afiliados a un sindicato o hacerle la pelota al jefecillo de turno y claro, luego ocurren estas cosas…como no sirven, como no saben, si un simple y llano conductor toma una iniciativa que deja de manifiesto la anticipación y profesionalidad de este, al dar solución de una incidencia en tiempo real, es cuando ponen en entredicho la capacidad de  actuación de los mandos “profesionales”.
Afortunadamente, ayer, recibimos con alegría el fallo del Juzgado de lo Social Nº8 en el cual pone a la empresa, más bien a esos aludidos ineptos mandos de esta, en su sitio.
Dicho juzgado hace hincapié en que, de momento, la empresa es la que tiene que probar de manera fehaciente que el trabajador ha cometido la falta, vamos que viene a decir que no es suficiente con que los pelotas de turno sean enviados para testificar una “verdad” teledirigida, si no que tienen que demostrar que la actuación del trabajador ha sido más perjudicial para la empresa que si se hubiesen seguido estrictamente los protocolos establecidos, lo que viene a decirle a esos mandos ineptos que para aplicar disciplina jerarquía tendrán que demostrar algo más que una mera vulneración de protocolo,  que por otra parte es genérico solo habla de cuestiones generales sin tener en cuenta las diferentes circunstancias que, sobre la marcha se puedan dar.
Haciendo un paréntesis en el asunto judicial, podemos poner de manifiesto que la ineptitud de los responsables del servicio, responsables que se supone conocen todas las variantes que se puedan dar durante las incidencias del servicio, les lleva a no tener siquiera la valentía de preparar un protocolo de actuación que minimice los casos en los que los conductores tengan que tomar iniciativas “arriesgadas”. Pero entendemos que si eso lo realizasen así, los mandos,  se quedarían en evidencia en más de una ocasión.
Continuando con la sentencia en cuestión hemos de indicar que recoge claramente que el conductor actuó, siempre que pudo, dentro de los recogido en el manual de explotación y el reglamento para la prestación del servicio, es decir…la avería existió, se intento poner en contacto con el centro de control, ante la avería de la fonía se intento poner en contacto a través del coche de atrás y ante la imposibilidad de esas opciones opto por retirarse a cochera a cambiar el coche….
Esta iniciativa, es decir pasar el pasaje, fue tomada por la empresa como un perjuicio a los usuarios, aunque la empresa, a preguntas de la Juez, reconoce que la instrucción al respecto hubiese sido la misma, es decir, si lo dice el mando no causa perjuicio, aunque sea lo mismo que hizo el conductor. La juez viene a decirle al mando poco menos que es “TONTACO”, aunque mas “tontaca” es la empresa que en una cuestión tan sangrante lo lleva al juzgado…¿Quién toma esa decisión?...pues imaginamos que será el Director Técnico…
Casualmente la Juez también hace mención a que todo fue debido a la falta de mantenimiento del vehículo….casualmente el Área de Mantenimiento depende directamente del la Dirección Técnica…¿no es sospechoso?...por lo que se ve da la sensación de que pretenden enmascarar su incompetencia sancionando a los conductores cuando estos las sacan a relucir a través de actuaciones profesionales.
En base a esta sentencia podemos indicar a todos los conductores que, cumpliendo con los protocolos en la medida de lo posible, si estimamos que la avería pone en riesgo la seguridad de los usuarios tenemos, no solo la potestad, si no la obligación de tomar la iniciativa, independientemente de que el centro de control o el Sursum corda os intente coaccionar para otra cosa.
PD: Invitamos a todos los conductores a que graben con sus móviles todas las fonías y los mensajes del SAE, a ser posible con un plano de la hora y día de la expendedora, vamos a ir poniendo a cada uno en su sitio, al parecer la nueva dirección política quiere profesionales...demosle pruebas de que llevamos 20 años dirigidos por ineptos salvados por la actuación profesional de los conductores.